jueves, 18 de octubre de 2007

Nuevo proyecto de ley que reforma normas de competencia en Colombia

Dos hechos importantes relacionados con el Derecho de la Competencia en Colombia deben destacarse. En primer lugar, el nombramiento de un nuevo Superintendente de Industria y Comercio, el doctor Gustavo Valbuena Q., quien reemplaza al doctor Jairo Rubio Escobar (Superintendente desde el 2003). Tuve la oportunidad de conversar con el doctor Valbuena y está claro que habrá cambios importantes en la estructura de la Superintendencia y en la metodología de trabajo que emplea. Es muy prematuro señalar posibles cambios doctrinales, que seguramente habrá, pero lo que está claro es que el peso que adquirió la entidad durante el período del ex Superintendente Rubio no declinará. La intención del doctor Valbuena es que el análisis económico realizado en el procedimiento sea más determinante en la decisión final.

Por otra parte, nuevamente el senador Alvaro Ashton ha preparado un proyecto de ley que reforma las normas de competencia y que se presentará próximamente al Congreso de la República.

El proyecto, que adjunto al correo, contiene tan solo seis artículos y las principales reformas consistirían en lo siguiente: 1) Establecer a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) como autoridad única en materia de prácticas restrictivas e integraciones empresariales. En la actualidad las normas de competencia para los sectores de los Servicios Públicos, Financiero, Aeronáutico, y Televisión, entre otros, son aplicadas por diferentes autoridades. 2) Se deroga el procedimiento especial que contenía el D. 2153 y se remite al procedimiento general que establece el Código Contencioso Administrativo. 3) Aumenta el término de la caducidad sancionatoria a seis años. 4) Aumenta el monto de la sanción por la violación de la norma a 100,000 salarios mensuales vigentes (es decir, COL$ 40.000.000.000, que equivalen a USD $ 20.000.000).

Como pueden ver se trata de una iniciativa muy sencilla (lo cual es una virtud, para que no se le salga de las manos el proyecto en el Congreso) y modifica aspectos muy importantes del sistema de promoción y defensa de la competencia. 1) Constituir a la SIC como autoridad única fortalecerá la aplicación de las normas (siempre y cuando se aumente sus recursos económicos y humanos), pues en la actualidad algunas autoridades sectoriales solo las aplican marginalmente. 2) No es claro por qué se propone derogar el procedimiento en competencia, pues los procesos de prácticas restrictivas y de notificación de integraciones tienen particularidades –respecto de otros procedimientos administrativos comunes-que justifican un procedimiento especial. 3) Es positivo aumentar el plazo que tiene la autoridad para sancionar a las empresas. Por la complejidad de las investigaciones y del procedimiento siempre existe el peligro de superar el plazo de caducidad sancionatoria que en la actualidad es de tres años. 4) El aumento del nivel máximo de penas por la violación de la normativa le daría a la SIC una mayor capacidad disuasiva. En la actualidad la multa máxima que puede imponer es de tan solo dos mil salarios mínimos mensuales (es decir, aproximadamente COL$800.000.000, que equivale a USD$ 400.000).

Es preciso recordar que el senador Ashton presentó un proyecto de ley en el año 2005 (P.L. No. 108) con la misma finalidad y este finalmente no fue aprobado por el Congreso. Será importante que el Senador Ashton trabaje de la mano del nuevo Superintendente y de la academia para que la experiencia en la aplicación de la normativa se refleje en la reforma.

Finalmente, el Senador Ashton le ha solicitado al CEDEC que recoja los comentarios de la academia sobre el texto, para remitirlos posteriormente, con el fin de enriquecer el proyecto (el correo del Coordinador del CEDEC es cedec@cable.net.co).

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