El día sábado 14 de marzo, en la ciudad de Otavalo, el Presidente de la República de Ecuador firmó el Decreto 1614 por medio del cual se dictan las normas para la aplicación en el Ecuador de la Decisión 608 de la CAN. Por lo visto, el Presidente Correa no se esperó a la expedición de una ley de competencia económica por la Asamblea Nacional. De acuerdo al artículo transitorio primero, el decreto estará vigente hasta el registro oficial de la ley que regule la competencia económica.
De esta manera, de las naciones andinas, solo Bolivia quedará rezagada en cuanto a la aplicación de la legislación antimonopolios en la medida en que el Presidente Correa da muestras de voluntad política para que Ecuador se una al grupo de países Latinoamericanos en los cuales la normativa de libre competencia es efectivamente aplicada.
Quisiera conocer su opinión acerca de una situación que pudiera considerarse contraria a las normas de competencia.
ResponderEliminarEn Ecuador, como en otras partes del mundo, las grandes superficies comerciales (supermercados) realizan prácticas comerciales que a la postre afectan a otros competidores, como las pequeñas tiendas, o incluso a los productores de bienes que son ofertados en ellas.
Conocen jurisprudencia de temas como el expuesto?
Saludos,
Marcelo
Hola Marcelo, en Colombia hubo una investigación contra las grandes superficies, pero el caso terminó antes de un pronunciamiento de fondo por el ofrecimiento de garantìas aceptado por la autoridad. En virtud de las garantìas los supermercados adoptaron un codigo de conducta respecto de sus relaciones con los consumidoes y sus proveedores. Si quiere tener la resolución envìeme un email. saludos, jd
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