martes, 29 de diciembre de 2009
SDE sugere condenação de cartel de tradutores
Para a íntegra do parecer da SDE, clique aqui.
jueves, 24 de diciembre de 2009
Lo que será noticia en el 2010 en Colombia
- Resolución sobre contribución de seguimiento: Determinación de las tarifas de las contribuciones de seguimiento de garantías para el cierre de la investigación por presuntas prácticas restrictivas de la competencia y condicionamientos para la autorización de una operación de integración empresaria (artículo 22, Ley 1340). A propósito, la SIC acaba de poner a disposición del público un proyecto de resolución, para envío comentarios hasta el 30 de diciembre (¿si recibirán comentarios en medio de las festividades?). A propósito. el artículo 22 de la Ley 1340 es uno de los artículos demandados mediante acción pública de inconstitucionalidad, como se explicará posteriormente.
- Resolución sobre umbrales de información de integraciones en ingresos operacionales y activos anuales (artículo 9, Ley 1340). (Nota: Fue expedida la resolución el 31 de diciembre de 2009, véase información aquí).
- Guías sobre información y notificación previa de integraciones empresariales (artículo 10, Ley 1340). Entre otros asuntos, las guías deberán determinar la información debe presentarse para efectos de informar o de notificar una operación.
- Guías sobre ofrecimiento de garantías (artículo 16, Ley 1340). Las guías deben establecer "los criterios con base en los cuales analizará la suficiencia de las obligaciones que adquirirían los investigados, así como la forma en que estas pueden ser garantizadas."
miércoles, 16 de diciembre de 2009
Extra! Extra! Compromisos de Microsoft aceptados por la Comisión Europea
"Microsoft se compromete a ofrecer a los usuarios europeos de Windows la opción entre distintos navegadores y a permitir a los fabricantes de ordenadores y a los usuarios desconectar Internet Explorer. Microsoft publica también hoy un compromiso por el que se compromete a divulgar información de gran importancia relativa a la interoperatividad." (...)
"Según los compromisos aprobados por la Comisión, Microsoft ofrecerá durante cinco años en el Espacio Económico Europeo (a través de Windows Update) una «pantalla de elección de navegador» que permita a los usuarios de Windows XP, Windows Vista y Windows 7 elegir qué navegadores quieren instalar además del navegador de Microsoft, Internet Explorer, o en su lugar.
Los compromisos establecen además que los fabricantes de ordenadores podrán instalar navegadores de la competencia, configurarlos como navegador por defecto y desconectar Internet Explorer."
"Millones de consumidores europeos se beneficiarán de esta decisión al poder elegir libremente los navegadores que utilizan. Esta elección no solo servirá para facilitar el acceso de los usuarios a internet ahora, sino que será un incentivo para que las empresas de navegadores innoven y ofrezcan al público mejores navegadores en el futuro."
lunes, 14 de diciembre de 2009
"Antitrust in a Globalized Economy: The Unique Enforcement Challenges Faced by Small and by Developing Jurisdictions" (Gal, 2009)
"The increase in global trade has intensified the challenges involved in regulating anti-competitive conduct that takes place, in whole or in part, outside one's borders. While much has been written on international antitrust, not much scholarship has focused on the unique enforcement challenges faced by small and by developing jurisdictions in such a globalized world. This article addresses this challenge. It analyzes the near-futility of the current regime of unilateral enforcement and limited national vision for small and developing jurisdictions. It shows that even when they possess the legal tools to tackle international antitrust issues, small and developing jurisdictions often suffer from serious practical and motivational obstacles to applying their laws. The analysis is both empirical and theoretical. It reports the results of a study of forty nine jurisdictions. As the study clearly indicates, small and developing jurisdictions are marginal players in the globalized antitrust regime and are generally passive bearers of the effects of international anti-competitive conduct rather than proactive confronters of such conduct. The article then analyzes the implications of the empirical findings on the ability of the international community to tackle issues of international interest as well as on the current attempts to create a coordinated antitrust regime. It also suggests some tools that small and developing jurisdictions can use in order to deal more effectively with their unique challenges."
A mediados del año pasado la profesora Gal me remitió una versión preliminar de su ensayo. Abajo comparto algunos de mis comentarios respecto de dos de las afirmaciones contenidas en el ensayo:
1. STATEMENT: "Turning to merger review, the data collected indicates that while the antitrust authorities of small or developing countries often review international mergers, they seldom attempt to prohibit a merger between international firms."
- Although there are at least 18 Latin American & Caribbean jurisdictions that have antitrust laws (Argentina, Barbados, Brazil, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominican Republic, El Salvador, Honduras, Jamaica, Mexico, Nicaragua, Panama, Peru, Saint Vincent and the Grenadines, Uruguay, Trinidad and Tobago, and Venezuela) [NOTA: Hoy en día se agrega a la lista dos nuevas jurisdicciones Bolivia y Ecuador] few of them established a premerger notification procedure. Mandatory premerger notification exists only in Argentina, Barbados, Brazil, Colombia, El Salvador, Honduras, Mexico and Uruguay [NOTA: En Brasil el control de las integraciones es posterior y obligatorio (ex post)]. In other important regimes such as Panama, Peru, Venezuela and Chile only very specific mergers have been assessed, in most cases due to voluntary filing.
- Many of the reasons you explain as the causes for permissive assessment of international mergers apply to the Colombian case. When the current Superintendent was appointed one year ago [NOTA: en el momento de escribir los comentarios me refería al año 2007] I had the opportunity to speak with him (he had private interviews with several scholars and practitioners). h¡He told me that it was not reasonable that mergers that were approved in foreign jurisdictions had problems to be cleared in Colombia. And the argument that supported his statement was that Colombia needed direct foreign investment and a strict merger procedure could actually deter it. Foreign investment clearly is on Colombia's President agenda and is on of its top priorities. [NOTA: La opinión inicial del Superintendente parece haber cambiado desde entonces.] Hence, in addition to your argument of external political obstacles faced by competition agencies, I would add internal political obstacles.
2. STATEMENT: "The level of maturity of the agency also affects its ability to deal with international antitrust issues."
- Latin America presents several examples on the degree of competition authority's maturity. The years of experience clearly vary, where only Argentina, Brazil, Chile, Colombia, Costa Rica, Jamaica, Mexico, Panama, Peru, and Venezuela have more than a decade of experience enforcing competition laws. However, the number of years of existence of a competition agency is not a precise proxy for maturity. Unfortunately, progress cannot be taken for granted, especially when competition policies may vary drastically with the influence of the Executive Power. In the case of Venezuela, for example, the "21st century socialism" of Chavez has embraced direct price control over antitrust enforcement. Panama's competition system is similar to US's system (the competition authority only investigates and prosecutes, while the courts have the role of adjudicating the cases) but it is not as active as the Latin American antitrust systems where the competition authorities have adjudicative powers.
- Colombia's fist competition law was enacted in 1959 (as you state in the table), but as it happened in Argentina, the law was no applied for more than thirty years. Actually, enforcement by the Superintendency started by the mid 90s, due to a reform of the competition law and an institutional restructure of the Superintendency (Decree 2153 of 1992).
miércoles, 9 de diciembre de 2009
Control de Fusiones en una "small market economy" en América Latina. Estudio de política de competencia, el caso del Perú
La doctora Tania Zuniga-Fernandez (abogada peruana de la Pontificia Universidad Católica del Perú, Doctor en Derecho con la calificación magna cum laude en la Universidad Humboldt de Berlin) amablemente me ha enviado la reseña de su última publicación titulada “Control de Fusiones en una "small market economy" en América Latina. Estudio de política de competencia, el caso del Perú” (Fusionskontrolle in einer "small market economy" in Lateinamerika. Wettbewerbspolitische Untersuchung am Beispiel Peru). El libro fue publicado por la editorial NOMOS, la más grande casa editorial en Alemania y Europa Central para publicaciones jurídicas.
Debe resaltarse que la obra de la doctora Zuniga-Fernandez representa la primera investigación sobre control de concentraciones en América Latina en el espacio Alemán publicado en la editorial NOMOS. La buena noticia para quienes no somos diestros en el idioma Alemán es que para el año 2010 está prevista la versión en Español de la obra.
Abajo transcribo la un resumen de su contenido:
"La obra en mención analiza el aspecto material del control de concentraciones desde el derecho comparado: Europa, América Latina, USA.
La investigación parte del contexto latinoamericano, la estructura económica de una "small market economy" y la necesidad de la introducción de un control de carácter preventivo como instrumento efectivo de la política de competencia. Se analiza el marco teórico de la política de competencia (escuelas de pensamiento). Se formula una propuesta concreta de marco jurídico para la introducción de un control de fusiones para el Perú. Sin embargo el método utilizado en la investigación permitiría que la propuesta se adapte al contexto de otro país latinoamericano. Se destaca asimismo la necesidad de su introducción en el escenario actual en el cual se cuestiona la relación mercado-Estado."
martes, 1 de diciembre de 2009
"Desarrollos Recientes y Nuevas Tendencias en Libre Competencia" (U. de Chile)
La U. de Chile cierra el 2009 con un gran evento sobe libre competencia. El evento contará con dos importantes invitados, los profesores Eleanor Fox (NYU) y Ioannis Lianos (UCL). La conferencia cubrirá todas las materias relevantes en el derecho antimonopolios y contará con la presencia de los mejores profesionales de Chile.
La conferencia, que tendrá lugar el 16 y 17 de diciembre de 2009, fue organizada por dos de mis colegas de la blogósfera Francisco Aguero y Javier Tapia (Regulación y Competencia) junto con Paulo Montt.
Abajo transcribo el programa del evento y los datos relevantes para quienes estén interesados en asistir.
"Desarrollos Recientes y Nuevas Tendencias en Libre Competencia"
Fecha: 16 y 17 de diciembre de 2009
Lugar: Aula Magna, Facultad de Derecho, Universidad de Chile
Dirección: Pío Nono 1, Providencia, Santiago, Chile
El objetivo de esta conferencia es explorar los últimos avances en las diversas áreas que componen la libre competencia, especialmente considerando los nuevos desarrollos y tendencias jurisprudenciales en Chile y el extranjero. La conferencia está dirigida a abogados, economistas, estudiantes y toda otra persona interesada en el área de la libre competencia y el derecho económico en general.
Como invitados especiales al evento expondrán Eleanor Fox, profesora de la New York University (NYU) de Estados Unidos,Ioannis Lianos, profesor de University College London (UCL) del Reino Unido; y Julián Peña, de la Universidad de Buenos Aires. Además, la conferencia cuenta con la participación de varios de los más destacados académicos, autoridades y profesionales chilenos ligados a la libre competencia.
La conferencia ha sido organizada por Paulo Montt, Javier Tapia yeste servidor, y cuenta con el gentil auspicio de las siguientes instituciones:
UCL – Centre for Law and Economics
Universidad de Chile – RegCom, Centro de Regulación y Competencia
Universidad de Chile – Fundación Facultad de Derecho
Telmex
Empresas Eléctricas A.G.
FerradaNehme Abogados
Claro & Cia.
Barros & Errázuriz Abogados
Programa y Participantes
Miércoles 16.12.09
17:30 – 17:35
Bienvenida a nombre de comité organizador. Javier Tapia. UCL
17:35 – 17:50
Inauguración. Profesor Luis Ortiz Quiroga. Decano de la Facultad de Derecho, Universidad de Chile
17:50 – 18:30. Presentación Principal 1
Eleanor Fox. Walter J. Derenberg Professor of Trade Regulation, NYU
18:30 – 19:00
Panel 1: Libre Competencia en el derecho chileno y comparado
Expositores
Julián Peña, Abogado, Allende & Brea; profesor Universidad de Buenos Aires
Santiago Montt, Abogado, Director RegCom, Universidad de Chile
19:00 – 19:10
Preguntas y cierre primer día
Jueves 17.12.09
9:00 – 10:30
Panel 2 : Abusos de Posición Dominante
Panelistas
Tomás Menchaca, Abogado, Ministro titular Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
Luis Eduardo Toro, Abogado, Barros & Errázuriz
Álex Van Weezel, Abogado, Claro & Cía.; profesor de Derecho Penal, Universidad de Chile
10:45 – 12:15
Panel 3 : Fusiones
Panelistas
José Tomás Morel, Economista, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción
Francisco Agüero, Abogado, Barros & Errázuriz; profesor de Regulación de Servicios Públicos, Universidad de Chile
Paulo Montt, Abogado, FerradaNehme; profesor de Derecho Civil, Universidad de Chile
14:00 – 15:30
Panel 4 : Carteles y Conductas Colusorias
Panelistas
Enrique Vergara, Abogado, Fiscal Nacional Económico
Javier Tapia, UCL
Aldo González, Economista, profesor del Departamento de Economía, Universidad de Chile
15:45 – 17:15
Panel 5 : Industrias Reguladas
Panelistas
Pablo Bello, Ingeniero Comercial, Subsecretario de Telecomunicaciones
Pablo Serra, Economista, integrante del Panel de Expertos; profesor de Economía, Universidad de Chile
Mike Hantke, Abogado, investigador de Cepal
17:30 – 18:10
Presentación Principal 2
Ioannis Lianos, Reader in Competition Law and Economics, UCL
18:10 – 18:20
Agradecimientos y Cierre
Francisco Agüero, Universidad de Chile, Barros & Errázuriz
Valores e información para el pago
Valores:
$40.000.- Público general
$25.000.- Convenios (5 o más participantes)
$15.000.- Estudiantes en general (número limitado de cupos)
$10.000.- Estudiantes Universidad de Chile (número limitado de cupos)
El monto puede ser pagado mediante abono en la cuenta corriente de la Fundación Facultad de Derecho Universidad de Chile:
Banco de Chile
Cuenta N° 18841-07
Rut: 72.209.700-9.
Una vez hecha la transferencia, por favor enviar comprobante y nombre del asistente a Jorge Olave (jolavem@gmail.com) o al fax 7320147.
El pago sólo se entenderá realizado una vez recibida esta comunicación.
La Facultad de Derecho y el Comité Organizador se reservan el derecho a modificar los contenidos del programa o a cancelar la conferencia si condiciones imprevistas así lo ameritan. En caso de cancelación, la responsabilidad de la Facultad se limita a devolver íntegramente los valores pagados por cada asistente.